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domingo, 23 de octubre de 2011

Ley inconstitucional y aplicación inconstitucional de la ley.

Una ley inconstitucional y la aplicación inconstitucional de una ley son cuestiones que, si bien semánticas parecidas, jurídicamente son distintas. 

Una ley inconstitucional es aquella que en términos abstractos contraviene la Constitución Federal; esto significa que su inconstitucionalidad no depende de las circunstancias de su aplicación, es decir, es igualmente inconstitucional si se aplica a cierto tipo de personas, en cierta época, en cualquier lugar, y bajo cualquier modo de ejecución. Un claro ejemplo de una ley inconstitucional sería el que un código civil estableciera que sólo pueden ser albaceas en una sucesión los primogénitos varones. La violación al principio de igualdad es absoluta, ya sea que se estudie en abstracto, o si la norma se hubiera aplicado en cualquier proceso civil, sin importar quiénes fueran las partes o los motivos de fallecimiento del autor de la sucesión. 

Por otra parte, la aplicación inconstitucional de una ley parte del supuesto que la ley es constitucional; sin embargo, su aplicación en ciertos casos y condiciones resulta inconstitucional. Aquí lo importante es que lo que resulta inconstitucional es el acto reclamado, no la ley en si misma. Un ejemplo lo he narrado en este blog. En un caso determiné que el delito de resistencia de particulares no era inconstitucional, lo que resultaba inconstitucional era que éste se hubiera aplicado a una persona para lograr el cumplimiento de una deuda civil. 

A raíz del asunto de los tuiteros encarcelados y la promulgación de la Ley Duarte se han desatado una serie de posturas que confunden la constitucionalidad de la ley con su aplicación inconstitucional. Además, parten de dos premisas equivocadas: 1) El derecho de la libertad de expresión es absoluto; y 2) Las expresiones plasmadas en Twitter escapan del ámbito protector de la ley.

La llamada Ley Duarte dice lo siguiente: 

Artículo 373. A quien, por cualquier medio, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros; de ataques con armas de fuego; o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, ocasionando la perturbación del orden público, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y multa de quinientos a mil días de salario, atendiendo a la alarma o perturbación del orden efectivamente producida.

Para determinar que esta ley es inconstitucional, como dijimos al principio, debe contravenir a la Constitución Federal en todos los supuestos. Para realizar el análisis respectivo pensemos en dos supuestos imaginarios:

  1. Un grupo de personas, con los rostros cubiertos (encapuchados), se mete a una emisora local de radio o televisión, por la fuerza toman los micrófonos, cámaras y señalan que en ese momento están llevando a cabo un operativo armado de lucha contra el capitalismo, por lo que están metiéndose a las escuelas primarias particulares, con el fin de de robarse a los niños y adoctrinarlos en la senda del comunismo. La noticia es falsa, pero causa histeria en la sociedad.
  2. Algunos tuiteros que ven la noticia, postean lo que está "pasando", es decir, difunden por las redes sociales el falso ataque. 

Si sostenemos que la Ley Duarte es inconstitucional, entonces tendremos que decir que las personas de la primer hipótesis (los encapuchados) sólo estaban ejerciendo su derecho a la libertad de expresión y, por tanto, no pueden ser sancionados penalmente. 

Por el contrario, podemos decir que la norma penal es constitucional y estar de acuerdo con que se sancione a las personas del primer grupo, pero su aplicación al segundo grupo (tuiteros) es inconstitucional, pues ellos sí estaban ejerciendo la libertad de expresión.

Un tema debatible y que pronto analizará la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con motivo de una acción de inconstitucionalidad que interpuso la CNDH

domingo, 17 de abril de 2011

Libertad de expresión y el bloqueo en Twitter

Hace unos meses el Presidente Calderón dijo en su cuenta de Twitter (en lo subsecuente TW):

"Bienvenidas todas las opiniones, incluídas las críticas, salvo los insultos. Estos tienen bloqueo automático"
A partir de esa nota, varios tuiteros comenzaron a rasgarse las vestiduras, alegando que el bloqueo era violatorio de la libertad de expresión, e inclusive, varias personas propusieron promover un juicio de amparo o queja ante la CNDH si el Presidente de la República los bloqueaba en TW.

¿Realmente se violará la libertad de expresión si el Presidente de la República bloquea a algún tuitero?

Para contestar esta pregunta, debemos de tener en cuenta que la libertad de expresión no se verá restringida, ni mucho menos eliminada si el Presidente nos bloquea. Efectivamente, el bloqueo no impedirá al tuitero expresar lo que quiera en su time line (TL), ni mucho menos criticar al gobierno federal. El "bloqueo presidencial" no implica la eliminación de la cuenta en TW, ni algún tipo de censura estatal. 

Además, el Presidente de la República no señaló que fuera a bloquear a los tuiteros que criticaran a su gobierno, sino sólo aquellos que postearan insultos, me imagino que hacia su persona. 

En ese orden de ideas, debemos preguntarnos ¿Tengo el derecho constitucional de que el Presidente lea mis insultos hacia su persona? Quienes piensan que sí, fácilmente concluirán que el simple hecho de que Felipe Calderón no los siga en TW es también violatorio de la libertad de expresión, bajo el argumento de que el Presidente tiene la obligación de seguir a todos los tuiteros mexicanos.

La libertad de expresión es un derecho que tienen los gobernados de manifestar libremente sus ideas (con las restricciones que la propia Carta Magna establece); sin embargo, la libertad de expresión no implica la obligación del Estado de leer todo lo que se publique en cualquier medio. Si el Presidente no lee revistas de adolescentes, las personas que ahí escriben ¿podrán alegar que se limita su libertad de expresión? Creo que no.

Decir que la libertad de expresión conlleva que los servidores públicos tienen la obligación constitucional de leer todos los posts que en TW se les envíen, inclusive los insultantes, me parece excesivo. Es confundir la gimnasia con la magnesia.