jueves, 11 de febrero de 2010

¿La Constitución de México contempla el Estado laico?

El 11 de febrero de 2010 la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reforma para incluir en el artículo 40 de la Constitución Federal para dejar de manera clara que México es un Estado laico.

El proyecto de reforma pretende modificar el citado artículo 40 de la siguiente forma:

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república laica, representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en la federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Parece increíble que iniciando la segunda década del siglo XXI todavía se ponga en duda si la Constitución establece un Estado laico o no, es decir, donde el gobierno y la iglesia (cualquiera de ellas) estén perfectamente separadas. En otras palabras, dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.

Cuando vi las noticias pensé que mis profesores de derecho constitucional me habían engañado y se habían inventado que la Constitución de nuestro país establece un Estado laico, así que le di una breve repasada al Texto Fundamental para salir del “error”. Cuan agradable sería mi sorpresa al ver que la Carta Magna prevé expresa y claramente las ideas de la separación Iglesia - Estado.

Veamos sólo algunos ejemplos de cómo está redactado actualmente el Pacto Federal:


“Artículo 1o. ...
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

“Artículo 3o. ...
I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;”

“Artículo 24.- Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.
El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.”

“Artículo 55.- Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:
...
VI. No ser Ministro de algún culto religioso, y”

“Artículo 130.- El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.”

¿Así o más expreso? ¿Así o más laico?

No debemos debatir si la Constitución prevé el principio de laicidad en sus mandatos, pues ello es evidente. Lo que habrá que analizar, en su caso, es si dicha disposición se cumple en la vida real.

Para conocer el texto de la iniciativa:


Para conocer la discusión en la que se aprobó la modificación: